Cuánto se cobra por la ruptura del tendón de Aquiles en un accidente de trabajo
El baremo da un único valor, 4 %, para la ruptura completa. No hay columna de secuelas: lo que decide es que la ruptura sea completa.
✓ Normativa verificada el 14 de octubre de 2026El caso
Un electricista de 41 años baja de una escalera en una obra, apoya mal el pie derecho y siente un chasquido en el talón. La ecografía confirma la ruptura completa del tendón de Aquiles. Lo operan, lo suturan y hace meses de rehabilitación. Vuelve a trabajar en su mismo puesto.
- Ingreso base mensual
- $1.500.000,00
- Edad al momento del accidente
- 41 años
- Lesión
- Ruptura completa del tendón de Aquiles derecho, con sutura quirúrgica
- Renglón de la tabla
- Tabla 5, «Ruptura completa del tendón de Aquiles»
- Incapacidad de tabla
- 4 %
- Con factores de ponderación
- 4,52 % (dificultad intermedia 10 % + edad 3 %)
El cálculo, renglón por renglón
Cada línea con el artículo que la respalda. Los renglones tachados son los que no se aplican.
| Ingreso base mensual (IBM)Promedio de los sueldos del año anterior, actualizado mes a mes por RIPTE. Art. 12 de la Ley 24.557. | $1.500.000,00 |
| Porcentaje de incapacidadDeterminado por la comisión médica con la tabla del Decreto 549/2025. | 4,52 % |
| Coeficiente por edad65 dividido la edad al día del hecho: 65 ÷ 41. Cuanto más joven, más alto. | 1,5854 |
| Fórmula de la ley53 × $1.500.000,00 × 4,52 % × 1,5854. Art. 14, apartado 2, inciso a) de la Ley 24.557. | $5.696.853,66 |
| Piso mínimo$114.354.110,00 por cada punto de incapacidad, × 4,52 %. Resolución SRT 39/2026, para hechos ocurridos entre el 1/9/2026 y el 28/2/2027. | $5.168.805,77 |
| Se toma el mayor de los dosLa ART tiene que pagar el que dé más alto. Acá gana la fórmula. | $5.696.853,66 |
| Adicional del 20 %Por cualquier otro daño no reparado por la fórmula. Art. 3 de la Ley 26.773. Se calcula sobre todo lo anterior y corresponde porque el hecho ocurrió en el trabajo. | $1.139.370,73 |
| Total que debería pagar la ART | $6.836.224,39 |
Lo que debería pagar la ART$6.836.224,39Montos vigentes para contingencias ocurridas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027. Es una estimación con los datos del caso: el monto real depende del porcentaje que fije la comisión médica y de los intereses hasta el pago.
Qué mueve el número
Cambia una sola variable por vez.
| Si lo hubieran reubicadoLa dificultad pasa de intermedia (10 %) a alta (20 %): 4 % × 1,23 = 4,92 %. | $7.441.200,00 |
| Si el accidente hubiera sido yendo al trabajo (in itinere)El porcentaje es el mismo, pero el adicional del 20 % del art. 3 de la Ley 26.773 no corresponde en los accidentes in itinere. | $5.696.853,66 |
| Si ganara $2.500.000Con el mismo 4,52 %, la fórmula depende del sueldo y el piso no: sube la fórmula. | $11.393.707,32 |
| Si tuviera 30 añosEl factor edad sube de 3 % a 4 % y el coeficiente 65 ÷ edad, de 1,5854 a 2,1667. | $9.425.520,00 |
| Si tuviera 55 añosEl factor edad baja de 3 % a 2 % y el coeficiente 65 ÷ edad, de 1,5854 a 1,1818. Con ese coeficiente le gana el piso a la fórmula. | $6.147.676,95 |
| Si tuviera 19 añosEl factor edad sube de 3 % a 5 % y el coeficiente 65 ÷ edad, de 1,5854 a 3,4211. | $15.012.947,37 |
Qué dice la tabla
Tabla 5 — Pelvis inestable y lesiones músculo-tendinosas (rupturas o desgarros completos). Decreto 549/2025, pág. 29 del anexo.| Lesión | Incapacidad |
|---|
| Ruptura completa del tendón de Aquiles | 4 % |
| Ruptura completa del cuádriceps | 5 % |
| Ruptura completa del bíceps crural | 5 % |
| Ruptura completa del gastrocnemio | 3 % |
| Ruptura completa del tibial anterior | 2 % |
| Ruptura completa del tibial posterior | 2 % |
A diferencia de las fracturas, esta tabla tiene una sola columna: no distingue «con» y «sin» secuelas. El renglón tampoco distingue si la ruptura se operó o no.
La edad decide si cobra la fórmula o el piso
Mismo electricista, mismo sueldo, misma ruptura. Sólo cambia la edad.| Edad | Con factores | Gana | Qué cobra |
|---|
| 30 años | 4,56 % | Fórmula | $9.425.520,00 |
| 41 años | 4,52 % | Fórmula | $6.836.224,39 |
| 55 años | 4,48 % | Piso | $6.147.676,95 |
Con un porcentaje chico, el piso pesa mucho: a los 41 años la fórmula da $5.696.853,66 y el piso $5.168.805,77, y gana la fórmula por poco. Cada punto de incapacidad vale como mínimo $1.143.541,10.
Qué pedir que quede escrito. En el informe de la comisión médica, que la ruptura figure como completa, con el estudio por imágenes que lo respalda (ecografía o resonancia). El renglón es sólo para rupturas completas: si el informe dice «parcial» o «tendinopatía», la tabla no trae un valor directo para ese cuadro.
Lo que este número no incluye
- La goniometría del tobillo. En el porcentaje de las Tablas 2a a 5 del miembro inferior ya está incluida la pérdida por repercusión funcional —limitación o anquilosis— y el acortamiento del miembro (pág. 26). No se agrega una cuenta aparte por lo que el tobillo se mueva menos.
- Las roturas parciales y las tendinitis. La Tabla 5 lista sólo «rupturas o desgarros completos». Una tendinitis o una rotura parcial no tiene renglón propio en esa tabla.
- Las secuelas de otra zona. Si el accidente dejó otra lesión, como una fractura de calcáneo, tiene su propio renglón. Las de la misma pierna se evalúan aparte y no pueden superar el tope del sector (pie y tobillo: 35 %).
- Los días de baja. La incapacidad laboral temporaria se paga aparte, mes a mes, mientras dura la recuperación. No es parte de este número.
- La cirugía y la rehabilitación. Son prestaciones en especie del art. 20 de la Ley 24.557, a cargo de la ART. No se descuentan de este pago ni lo reemplazan.
- Los intereses por RIPTE. Corren desde la primera manifestación invalidante hasta que la ART pone la plata a disposición (art. 12, apartado 2).
- El juicio civil contra el empleador. Acción separada, por el daño que el sistema de riesgos no repara.
Tené en cuenta: el porcentaje de incapacidad lo determina una comisión médica. Este cálculo sirve para saber de qué orden de magnitud estamos hablando y para poder discutir una oferta con información. Dir.ar no es un estudio jurídico y no brinda asesoramiento legal: en Argentina está reservado a abogados matriculados.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por la ruptura del tendón de Aquiles en un accidente de trabajo?
Con los datos de este caso —41 años, ingreso base de $1.500.000, ruptura completa— son unos $6.836.000. Si el accidente hubiera sido in itinere serían unos $5.697.000.
¿Qué porcentaje de incapacidad tiene la ruptura del tendón de Aquiles?
La Tabla 5 del miembro inferior del Decreto 549/2025 da 4 % para la ruptura completa del tendón de Aquiles. Después se le aplican los factores de ponderación de dificultad y edad.
¿Cambia el porcentaje si me operaron o no?
El renglón de la tabla no distingue entre ruptura operada y no operada: es un único valor de 4 %. La cirugía y la rehabilitación las cubre la ART como prestaciones en especie.
¿Se suma la limitación de movimiento del tobillo?
No. El porcentaje de la tabla ya incluye la repercusión funcional —limitación o anquilosis— y el acortamiento del miembro.
¿Y si la rotura fue parcial o es una tendinitis?
La Tabla 5 lista sólo rupturas o desgarros completos. Para una rotura parcial o una tendinitis no hay un renglón con valor propio: lo define la comisión médica con el criterio del baremo, y conviene que el informe lo explique.
¿Cobro más si el accidente fue yendo al trabajo?
No: cobrás menos. En los accidentes in itinere no corresponde el adicional del 20 % del art. 3 de la Ley 26.773. Con estos datos, la diferencia es de más de un millón de pesos.
¿Con qué edad cambia la cuenta?
El factor de ponderación por edad es de 5 % por debajo de los 21 años, 4 % de 21 a 35, 3 % de 36 a 45 y 2 % desde los 46. Además, el coeficiente 65 ÷ edad de la fórmula de la ley favorece a los más jóvenes; pasados los 45 años suele ganar el piso.
¿Desde cuándo corre el plazo para reclamar?
En un accidente, desde la fecha del hecho y la primera manifestación invalidante. Conviene guardar el parte de la ART, los estudios por imágenes y el alta médica.
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Otros casos calculados
Fuentes: texto actualizado de la Ley 24.557 publicado por InfoLeg (arts. 11, 12, 14, 15 y 18); art. 3 de la Ley 26.773; Resolución SRT 39/2026 (B.O. 2/9/2026), que fija los montos del período; y las páginas de prestaciones dinerarias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Los porcentajes de incapacidad salen de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales del Decreto 549/2025, vigente desde febrero de 2026. Montos vigentes para contingencias ocurridas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027. El piso y las compensaciones se actualizan por RIPTE cada seis meses. Última revisión: 14 de octubre de 2026. Si encontrás un error, escribinos y lo corregimos.