Los textos que más se usan para intimar al empleador, listos para copiar y completar. El telegrama de la Ley 23.789 es gratuito para el trabajador. Actualizados a la Ley 27.802, vigente desde marzo de 2026.
Antes de copiar nada: un telegrama mal redactado puede costarte la indemnización. Estos modelos son una guía general y no reemplazan la consulta con un abogado, sobre todo el de despido indirecto, que no tiene vuelta atrás. Dir.ar no es un estudio jurídico y no brinda asesoramiento legal.
Casi todos los modelos que circulan por internet todavía apercibien con multas derogadas. Esto es lo que hay que sacar.
Las multas por trabajo en negro ya no existenLos arts. 8 a 17 de la Ley 24.013 y la Ley 25.323 completa fueron derogados en julio de 2024. La intimación a registrar sigue sirviendo para constituir en mora y habilitar el despido indirecto, pero la copia a ARCA ya no dispara ninguna multa.
Ya no se puede pedir la restitución de condiciones sin renunciarHasta marzo de 2026, ante un cambio abusivo de tareas podías pedirle al juez que te restituyera las condiciones por vía sumarísima y seguir trabajando. La Ley 27.802 eliminó esa acción: hoy, si la intimación falla, la única salida es considerarte despedido.
Los certificados de trabajo perdieron la multa de tres sueldosEl art. 80 fue reescrito: el plazo pasó a 45 días hábiles y desapareció la indemnización tarifada. Además se considera cumplido si el certificado está disponible en el sitio de ARCA.
El sueldo sólo se puede pagar por cuenta bancariaEl nuevo art. 124 eliminó el pago en efectivo y con cheque. Si te siguen pagando en mano, hay un modelo específico para eso.
El aviso de enfermedad se endurecióAhora hay que avisar en la primera jornada de la ausencia y, si no pudiste, probar también por qué no pudiste. El certificado médico debe traer diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital.
Dos meses de silencio mutuo extinguen el contratoEl nuevo art. 241 presume el abandono recíproco si ninguna de las partes dice nada durante dos meses calendario. Si estás en conflicto, no dejes de responder.
Cómo se envía
Es gratis y no necesitás abogado para enviarloLa Ley 23.789 le da al trabajador el derecho a enviar telegramas a su empleador sin costo. También cubre los envíos a la ART y a la obra social. No hace falta patrocinio letrado para mandarlo, aunque para redactarlo conviene.
Se envía en una sucursal del Correo, con DNIPodés descargar y completar el formulario desde el sitio de Correo Argentino, pero hay que imprimirlo y presentarlo en la sucursal con el documento. Llevalo por duplicado si el texto tiene hasta 30 palabras, y por triplicado si es más largo. No hay envío enteramente online.
Para avisar que estás enfermo alcanza con un llamadoEl telefonograma al 0810-444-2677 sirve únicamente para comunicar ausencias por enfermedad propia o de un familiar directo. Para todo lo demás hay que ir a la sucursal.
El plazo es de dos días hábilesEl art. 57 de la LCT dice que el silencio del empleador ante una intimación fehaciente juega como presunción en su contra, y que el plazo nunca puede ser menor a dos días hábiles. Por eso todos los modelos usan ese plazo.
Guardá el comprobanteEl Correo te entrega una copia sellada: esa es tu prueba de que enviaste y de qué día. Guardala junto con el aviso de recepción. Sin el comprobante, el telegrama no existe.
El WhatsApp y el mail no reemplazan al telegramaLa reforma de 2026 digitalizó varias cosas —recibos, certificados, la propia renuncia— pero no creó ninguna norma que valide el mail o el WhatsApp como medio fehaciente de intimación. El telegrama y la carta documento siguen siendo la vía correcta.
Los modelos
Lo que está [entre corchetes] lo completás vos. Sacá todo lo que no corresponda a tu caso: cuanto más preciso, mejor.
Registración y salarios
1
Intimación a registrar la relación laboral
Trabajás sin estar registrado y querés que te pongan en blanco.
Atento a que me desempeño a sus órdenes desde el [fecha ingreso], cumpliendo tareas de [tareas] en [lugar], en jornada de [horario], percibiendo una remuneración mensual de $[sueldo], sin encontrarme registrado, intimo plazo dos días hábiles proceda a registrar debidamente la relación laboral con los datos consignados, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 7, 52 y 57 LCT
Antes esto se enviaba con copia a la AFIP para disparar las multas de la Ley 24.013. Esos artículos están derogados desde julio de 2024: la copia a ARCA ya no genera multa. La intimación sigue sirviendo para constituir en mora y para habilitar el despido indirecto.
2
Intimación a rectificar la fecha real de ingreso
Estás registrado, pero con una fecha de ingreso posterior a la real.
Intimo plazo dos días hábiles rectifique mi fecha de ingreso registrada, consignando la real del [fecha real], y regularice los aportes y contribuciones correspondientes al período no registrado, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 52, 57 y 242 LCT
La antigüedad real cambia el monto de la indemnización y el plazo de preaviso. Guardá toda prueba de la fecha verdadera: recibos, mails, testigos, fotos con fecha.
3
Intimación a registrar la remuneración real
Te pagan una parte en blanco y otra en negro.
Atento a que percibo una remuneración mensual real de $[sueldo real], de la cual sólo se registra la suma de $[sueldo registrado], abonándose la diferencia sin registrar, intimo plazo dos días hábiles registre la remuneración real y regularice aportes y contribuciones, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 52, 57 y 140 LCT
Desde marzo de 2026 el art. 124 obliga a pagar el sueldo únicamente por acreditación en cuenta sueldo. Los pagos en efectivo por fuera del recibo son, además, prueba a tu favor: guardá transferencias, mensajes y sobres.
4
Intimación al pago de salarios adeudados
No te pagaron el sueldo en término.
Intimo plazo dos días hábiles abone los salarios correspondientes al período [periodo], adeudados y vencidos, mediante acreditación en mi cuenta sueldo, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 74, 124, 128, 137 y 242 LCT
La mora es automática al vencer los plazos del art. 128: cuatro días hábiles para el sueldo mensual. No hace falta que reclames antes para que esté en mora.
5
Intimación al pago del aguinaldo
No te pagaron el SAC en junio o en diciembre.
Intimo plazo dos días hábiles abone el sueldo anual complementario correspondiente al [semestre] semestre del año [anio], adeudado y vencido, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 121 a 123 LCT y Ley 23.041
El SAC se paga el 30 de junio y el 18 de diciembre, y equivale al 50% de la mejor remuneración mensual del semestre.
6
Intimación al pago de horas extras
Trabajás horas de más y no te las pagan o no figuran en el recibo.
Atento a que desde [desde] cumplo [cantidad] horas suplementarias mensuales que no me son abonadas ni registradas en los recibos de haberes, intimo plazo dos días hábiles proceda a su liquidación, pago y registración con los recargos legales, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 201 y 202 LCT y Ley 11.544
Las extras se pagan con 50% de recargo en días comunes y 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados. Anotá día por día tus horarios: la carga de la prueba es difícil.
7
Intimación a entregar recibos de sueldo
Te pagan pero no te dan recibo, o te hacen firmar sin darte copia.
Intimo plazo dos días hábiles haga entrega de los duplicados de los recibos de haberes correspondientes al período [periodo], debidamente firmados y con el contenido exigido por la ley, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que correspondan. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 138, 139 y 140 LCT
Desde 2026 el recibo puede ser electrónico y debe discriminar las contribuciones patronales. La entrega del duplicado firmado es obligatoria, en papel o en formato digital.
8
Intimación por pago del sueldo en efectivo
Te siguen pagando en mano en lugar de depositarte en cuenta.
Atento a que mi remuneración me es abonada en efectivo, en contravención al artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, intimo plazo dos días hábiles proceda a abonar mis haberes mediante acreditación en cuenta sueldo abierta a mi nombre, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Art. 124 LCT, texto según Ley 27.802
Este modelo es nuevo. Desde marzo de 2026 el pago en efectivo o con cheque es nulo: la única forma válida es la acreditación en cuenta sueldo.
Condiciones de trabajo
9
Intimación a otorgar tareas
Te mandaron a tu casa, te sacaron las funciones o no te dejan entrar.
Atento a que desde el [fecha] se me impide el ingreso a mi lugar de trabajo y se me priva de ocupación efectiva, intimo plazo dos días hábiles me otorgue tareas acordes a mi categoría y abone los salarios caídos, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 78, 57 y 242 LCT
Seguí presentándote a trabajar y dejá constancia: testigos, mensajes, cámaras. Que no te dejen entrar no equivale a que renunciaste.
10
Intimación por cambio de tareas o categoría
Te cambiaron las funciones, te bajaron de categoría o te modificaron el puesto.
Atento a la modificación unilateral de mis condiciones de trabajo dispuesta el [fecha], consistente en [cambio], que altera esencialmente el contrato y me causa perjuicio, intimo plazo dos días hábiles restituya mis condiciones anteriores de labor, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 66, 57 y 242 LCT, texto del art. 66 según Ley 27.802
Atención, esto cambió en marzo de 2026: antes podías pedirle al juez que te restituyeran las condiciones por vía sumarísima sin renunciar al empleo. Esa acción fue eliminada. Hoy, si la intimación no prospera, la única salida es considerarte despedido.
11
Intimación por rebaja de la remuneración
Te bajaron el sueldo, te sacaron un adicional o te quitaron comisiones.
Atento a la reducción unilateral de mi remuneración dispuesta a partir de [fecha], que de $[antes] pasó a $[ahora], intimo plazo dos días hábiles restituya mi remuneración anterior y abone las diferencias devengadas, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 66, 131 y 260 LCT
Cobrar el sueldo rebajado sin hacer reserva no implica aceptarlo: el art. 260 dice que el pago insuficiente vale como pago a cuenta. Igual conviene dejar la reserva por escrito.
12
Intimación por traslado del lugar de trabajo
Te mandaron a otra sucursal o localidad y te complica llegar.
Atento al traslado de mi lugar de trabajo dispuesto unilateralmente el [fecha] desde [origen] hacia [destino], que me irroga un perjuicio material y moral por [motivo], intimo plazo dos días hábiles deje sin efecto la medida, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 66 y 78 LCT
El perjuicio hay que explicarlo concretamente: cuánto más tardás, cuánto más gastás, qué obligaciones familiares se te complican. Un traslado sin perjuicio real es válido.
13
Intimación a otorgar vacaciones
No te dieron las vacaciones dentro del plazo legal.
Atento a que no me han sido otorgadas las vacaciones correspondientes al año [anio] dentro del plazo legal, intimo plazo dos días hábiles proceda a comunicarme por escrito la fecha de inicio de mi licencia anual ordinaria, bajo apercibimiento de tomarlas por propia decisión conforme el artículo 157 de la Ley de Contrato de Trabajo. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 150, 154 y 157 LCT
Es el único caso en que la ley te habilita a tomarte la licencia por tu cuenta, pero tenés que avisar antes y la fecha debe permitir gozarlas antes del 31 de mayo.
14
Intimación a entregar elementos de seguridad
Trabajás sin la ropa o los elementos de protección que corresponden.
Atento a que desempeño mis tareas sin contar con los elementos de protección personal exigidos para la actividad, con riesgo concreto para mi integridad psicofísica, intimo plazo dos días hábiles provea dichos elementos y adecue las condiciones de higiene y seguridad, bajo apercibimiento de retener tareas hasta su efectivo cumplimiento y de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 75 y 78 LCT y Ley 19.587
Podés denunciarlo en paralelo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Retener tareas es una medida delicada: conviene consultarla antes con un abogado.
15
Denuncia de violencia laboral e intimación al cese
Sufrís maltrato, hostigamiento o acoso en el trabajo.
Pongo en su conocimiento que desde [desde] soy objeto de conductas de violencia laboral por parte de [persona], consistentes en [hechos], que afectan mi dignidad y mi salud psicofísica. Intimo plazo dos días hábiles adopte las medidas necesarias para hacerlas cesar, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa y de iniciar las acciones civiles y penales que correspondan. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 62, 63, 75 y 242 LCT, Ley 26.485 y Convenio OIT 190
Describí hechos concretos con fecha, no calificaciones genéricas. Si hay violencia de género, la línea 144 atiende las 24 horas y es gratuita.
Salud
16
Aviso de enfermedad inculpable
Estás enfermo y no podés ir a trabajar.
Comunico que por prescripción médica me encuentro imposibilitado de prestar tareas desde el [fecha] y por el término de [dias] días, permaneciendo en [domicilio] a disposición del control médico patronal. El certificado correspondiente queda a su disposición. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 208, 209 y 210 LCT, texto según Ley 27.802
Esto cambió en marzo de 2026 y es importante: el aviso hay que darlo en la primera jornada de la ausencia, y si no pudiste avisar ahora tenés que probar también por qué no pudiste. El certificado debe traer diagnóstico, tratamiento, días de reposo y firma digital.
17
Rechazo del alta médica
Te dieron el alta pero seguís sin poder trabajar.
Rechazo el alta médica otorgada con fecha [fecha] por no encontrarme en condiciones de reintegrarme a mis tareas, conforme el certificado de mi médico tratante que pongo a su disposición. Intimo plazo dos días hábiles someta la cuestión a junta médica, bajo apercibimiento de considerar injustificados los descuentos que se practiquen. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 208, 210 y 211 LCT
No dejes de responder el alta: el silencio puede interpretarse como que la aceptaste y las faltas posteriores pasarían a ser injustificadas.
18
Denuncia de accidente de trabajo a la ART
Te accidentaste trabajando o yendo al trabajo y no te dan la cobertura.
Denuncio accidente de trabajo ocurrido el [fecha] a las [hora] en [lugar], consistente en [hecho], con las siguientes lesiones: [lesiones]. Intimo plazo dos días hábiles otorgue las prestaciones médicas y dinerarias de la Ley 24.557, bajo apercibimiento de recurrir a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y a la Comisión Médica. Queda usted debidamente notificado.
Ley 24.557 y Ley 27.348
El telegrama a la ART también es gratuito. Denunciá aunque la lesión parezca leve: sin denuncia no hay cobertura, y el accidente in itinere también está cubierto.
19
Intimación a reincorporar tras el alta médica
Te dieron el alta, te presentaste y no te dejan volver.
Atento a que habiendo obtenido el alta médica con fecha [fecha] me presenté a trabajar sin que se me asignaran tareas, intimo plazo dos días hábiles me reincorpore a mi puesto o me otorgue tareas acordes a mi capacidad, con pago de los salarios caídos, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 211, 212 y 78 LCT
Si quedaste con una incapacidad parcial, el empleador debe darte tareas acordes. Si no tiene, corresponde indemnización del art. 247, y si tiene y no te las da, la del 245.
20
Rechazo de descuento por enfermedad justificada
Te descontaron días que estaban cubiertos por certificado médico.
Rechazo el descuento practicado en mi recibo de haberes del período [periodo] por las inasistencias del [fechas], las que se encontraban debidamente justificadas por certificado médico oportunamente presentado. Intimo plazo dos días hábiles abone las diferencias, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que correspondan. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 208, 209 y 260 LCT
Guardá siempre copia del certificado y constancia de la entrega. Si lo mandaste por telegrama, el propio despacho es la prueba.
Embarazo, matrimonio y excedencia
21
Comunicación de embarazo
Estás embarazada y querés dejar constancia fehaciente.
Comunico mi estado de embarazo, con fecha probable de parto el [fpp], conforme certificado médico que pongo a su disposición, a los efectos de la estabilidad y las licencias previstas en los artículos 177 y siguientes de la Ley de Contrato de Trabajo. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 177 y 178 LCT
La notificación fehaciente activa la protección: el despido dentro de los siete meses y medio anteriores o posteriores al parto se presume por causa de embarazo y da derecho a una indemnización agravada de un año de remuneraciones.
22
Comunicación de matrimonio
Te vas a casar y querés dejar constancia.
Comunico que contraeré matrimonio el día [fecha], conforme constancia que pongo a su disposición, y solicito la licencia prevista en el artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 158, 181 y 182 LCT
El despido dentro de los tres meses anteriores o seis posteriores al matrimonio se presume por esa causa, siempre que lo hayas notificado. La indemnización especial es de un año de sueldos.
23
Comunicación de opción por excedencia
Terminó tu licencia por maternidad y querés tomarte el período de excedencia.
Comunico que, vencida mi licencia por maternidad el [fecha], opto por acogerme al período de excedencia previsto en el artículo 183 inciso c) de la Ley de Contrato de Trabajo, por el término de [meses] meses. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 183 y 184 LCT
La opción hay que comunicarla 48 horas antes de que termine la licencia. La excedencia va de tres a seis meses, es sin goce de sueldo y no se computa como antigüedad.
Sanciones y suspensiones
24
Impugnación de sanción disciplinaria
Te aplicaron un apercibimiento o una sanción que considerás injusta.
Rechazo e impugno la sanción disciplinaria notificada el [fecha], por inexistente, desproporcionada y carente de causa real, negando los hechos que se me imputan. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 67, 68 y 69 LCT
Tenés 30 días corridos para impugnar. Si dejás pasar el plazo la sanción se considera consentida y después no la podés discutir, ni siquiera en juicio.
25
Impugnación de suspensión
Te suspendieron sin causa, sin plazo o por más días de los permitidos.
Rechazo e impugno la suspensión notificada el [fecha] por [dias] días, por carecer de justa causa, de plazo fijo y de notificación válida, e intimo plazo dos días hábiles me otorgue tareas y abone los salarios correspondientes al período de suspensión, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 218 a 223 LCT
La suspensión necesita justa causa, plazo fijo y notificación por escrito: si le falta cualquiera de las tres, es inválida. El máximo es de 30 días por año por razones disciplinarias.
Fin de la relación
26
Rechazo del despido con causa
Te despidieron invocando una causa que no es cierta.
Rechazo el despido notificado el [fecha] por improcedente, negando categóricamente los hechos invocados como causal, los que resultan falsos e inexistentes. Intimo plazo dos días hábiles abone las indemnizaciones por antigüedad, preaviso e integración del mes de despido, y la liquidación final, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 242, 243, 245 y 246 LCT
Rechazá siempre y rápido. La causa que el empleador invocó en el telegrama no la puede cambiar después en el juicio: eso se llama invariabilidad de la causa y juega a tu favor.
27
Despido indirecto
Intimaste, no te contestaron o te contestaron mal, y decidís darte por despedido.
Atento al silencio guardado ante mi intimación del [fecha intimacion] y persistiendo el incumplimiento allí denunciado, injuria que por su gravedad impide la prosecución del vínculo, me considero gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo dos días hábiles abone las indemnizaciones por antigüedad, preaviso e integración del mes de despido, y la liquidación final. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 242, 243 y 246 LCT
Es la decisión más delicada de todas y no tiene vuelta atrás. Mandalo sólo después de haber intimado y de que el plazo esté vencido, y con la injuria bien identificada. Consultá con un abogado antes de enviarlo.
28
Renuncia al empleo
Decidiste irte por tu cuenta.
Comunico mi renuncia al empleo a partir del [fecha]. Solicito se liquiden los rubros correspondientes y se pongan a mi disposición los certificados del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 240 y 255 bis LCT, texto del art. 240 según Ley 27.802
La renuncia no genera indemnización por antigüedad ni preaviso: sí te corresponden días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales. Desde 2026 el despacho puede ser físico o digital, pero siempre con validación de identidad. Nunca firmes una renuncia en papel que te presenten en la oficina.
29
Rechazo de liquidación final insuficiente
Te pagaron menos de lo que corresponde y no querés que se interprete como conformidad.
Recibo bajo protesto y como pago a cuenta de mayor cantidad la suma abonada el [fecha] en concepto de liquidación final, por resultar insuficiente. Formulo expresa reserva de reclamar las diferencias por [rubros], e intimo plazo dos días hábiles abone el saldo. Queda usted debidamente notificado.
Arts. 260 y 255 bis LCT
El art. 260 dice que el pago insuficiente siempre vale como pago a cuenta, aunque lo hayas recibido sin reservas. Igual, hacé la reserva por escrito: evita discusiones.
30
Intimación a entregar los certificados de trabajo
Terminó la relación y no te entregan el certificado de trabajo y aportes.
Atento a haber transcurrido el plazo de cuarenta y cinco días hábiles previsto en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo sin que se me hayan entregado ni puesto a disposición los certificados de trabajo y de aportes, intimo plazo dos días hábiles proceda a su entrega, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que correspondan. Queda usted debidamente notificado.
Art. 80 LCT, texto según Ley 27.802
Ojo con esto, cambió del todo en marzo de 2026: ya no existe la indemnización de tres sueldos y el plazo pasó a ser de 45 días hábiles. Antes de intimar, fijate en el sitio de ARCA en "Trabajo en Blanco" si el certificado ya está generado: se considera cumplido si la información está disponible ahí, y una intimación anticipada hoy no te da ningún derecho.
Preguntas frecuentes
¿El telegrama laboral es gratis?
Sí. La Ley 23.789 lo hace gratuito para el trabajador en relación de dependencia, para comunicaciones vinculadas al contrato de trabajo dirigidas a su empleador, a la ART o a la obra social. El empleador, en cambio, paga: por eso te responde con carta documento.
¿Cuántos días tiene el empleador para contestar?
El art. 57 de la LCT fija un mínimo de dos días hábiles. Si no contesta dentro de ese plazo, su silencio se presume en su contra respecto de los hechos que denunciaste.
¿Puedo intimar por WhatsApp o por mail?
No es aconsejable. La reforma de 2026 digitalizó recibos, certificados y la renuncia, pero no creó ninguna norma que valide el mail o el WhatsApp como medio fehaciente de intimación. Usá el telegrama de la Ley 23.789 o una carta documento.
¿Me conviene darme por despedido?
Es la decisión más riesgosa de todo el derecho laboral y conviene no tomarla solo. Si el juez después considera que la injuria no era grave, quedás como si hubieras renunciado y perdés la indemnización. Antes de mandar ese telegrama, consultá con un abogado laboralista.
¿Sigue existiendo la multa del 50% por tener que hacer juicio?
No. El art. 2 de la Ley 25.323 fue derogado en julio de 2024, igual que las multas de la Ley 24.013 por trabajo no registrado. Los modelos que circulan por internet apercibiendo con esas multas están desactualizados.
¿Tengo que hacer algo antes de iniciar juicio?
En CABA sí: hay que pasar por el SECLO, la instancia de conciliación obligatoria previa. En las provincias el trámite varía; en general hay una instancia administrativa ante la autoridad laboral local.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Dos años desde que cada crédito se hizo exigible, según el art. 256 de la LCT. El reclamo administrativo suspende el plazo por hasta seis meses.
Modelos redactados sobre el texto actualizado de la Ley de Contrato de Trabajo publicado por InfoLeg, incluyendo las reformas de la Ley 27.742 (B.O. 8/7/2024) y de la Ley 27.802 (B.O. 6/3/2026). Última revisión: julio de 2026. Son modelos orientativos: cada caso tiene particularidades que sólo un abogado matriculado puede evaluar.
* Imagen de portada: máquina de escribir y reloj de bolsillo. Foto de Cliff Johnson (CC0) vía StockSnap.