Cuánto se cobra por una fractura de calcáneo por una caída de altura
El talón se rompe cuando alguien cae de pie desde altura. El baremo tiene una palabra escrita sólo para este hueso —aplastamiento— y esa palabra duplica el porcentaje.
✓ Normativa verificada el 2 de septiembre de 2026El caso
Un oficial electricista de 39 años cae de un andamio desde unos tres metros en abril de 2026 y aterriza de pie. Se fractura el calcáneo izquierdo con compromiso de la articulación subastragalina. Lo operan y le colocan placa. Un año después el hueso consolidó pero la tomografía muestra aplastamiento del calcáneo y artrosis subastragalina: no puede estar parado toda la jornada ni subir escaleras de mano. Trabajaba registrado.
- Ingreso base mensual
- $1.500.000,00
- Edad al momento del accidente
- 39 años
- Lesión
- Fractura de calcáneo izquierdo intraarticular, operada
- Cómo consolidó
- Con aplastamiento y artrosis subastragalina
- Incapacidad de tabla
- 12 %, columna “Con secuelas”
El cálculo, renglón por renglón
Cada línea con el artículo que la respalda. Los renglones tachados son los que no se aplican.
| Ingreso base mensual (IBM)Promedio de los sueldos del año anterior, actualizado mes a mes por RIPTE. Art. 12 de la Ley 24.557. | $1.500.000,00 |
| Porcentaje de incapacidadDeterminado por la comisión médica con la tabla del Decreto 549/2025. | 12 % |
| Coeficiente por edad65 dividido la edad al día del hecho: 65 ÷ 39. Cuanto más joven, más alto. | 1,6667 |
| Fórmula de la ley53 × $1.500.000,00 × 12 % × 1,6667. Art. 14, apartado 2, inciso a) de la Ley 24.557. | $15.900.000,00 |
| Piso mínimo$114.354.110,00 por cada punto de incapacidad, × 12 %. Resolución SRT 39/2026, para hechos ocurridos entre el 1/9/2026 y el 28/2/2027. | $13.722.493,20 |
| Se toma el mayor de los dosLa ART tiene que pagar el que dé más alto. Acá gana la fórmula. | $15.900.000,00 |
| Adicional del 20 %Por cualquier otro daño no reparado por la fórmula. Art. 3 de la Ley 26.773. Se calcula sobre todo lo anterior y corresponde porque el hecho ocurrió en el trabajo. | $3.180.000,00 |
| Total que debería pagar la ART | $19.080.000,00 |
Lo que debería pagar la ART$19.080.000,00Montos vigentes para contingencias ocurridas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027. Es una estimación con los datos del caso: el monto real depende del porcentaje que fije la comisión médica y de los intereses hasta el pago.
Qué mueve el número
Cambia una sola variable por vez.
| Si hubiera consolidado sin secuelasPrimera columna de la Tabla 2a: la mitad de los puntos. | $9.540.000,00 |
| Si hubiera quedado con pseudoartrosisTercera columna, que para el calcáneo es el triple de la primera. | $28.620.000,00 |
| Si se hubiera roto los dos talonesLa caída de pie rompe los dos calcáneos seguido. Son dos lados distintos: 12 % + 12 %. | $38.160.000,00 |
| Si sumara los factores de ponderaciónDificultad alta (20 %) por el trabajo en altura más el factor edad de 39 años (3 %): 12 % × 1,23 = 14,76 %. | $23.468.400,00 |
| Si tuviera 52 añosEl coeficiente por edad cae de 1,6667 a 1,25 y la fórmula pasa a quedar por debajo del piso mínimo. | $16.466.991,84 |
| Si el ingreso base fuera $900.000Con ese sueldo la fórmula queda por debajo del piso mínimo y se paga el piso. | $16.466.991,84 |
De dónde salen los 12 puntos
Tabla 2a — Fracturas del miembro inferior. Decreto 549/2025, pág. 28.| Fractura | Sin secuelas | Con secuelas | Pseudoartrosis |
|---|
| Calcáneo | 6 % | 12 % | 18 % |
| Astrágalo | 6 % | 12 % | 18 % |
| Escafoides (tarso) | 4 % | 8 % | 12 % |
| Otro hueso del tarso | 1 % | 2 % | 3 % |
| Chopart o Lisfranc | 8 % | 16 % | 24 % |
| Tibia (incluye pilón tibial) | 10 % | 20 % | 30 % |
| Fémur (incluye cadera) | 10 % | 20 % | 30 % |
| Cotilo | 5 % | 10 % | 15 % |
| Tobillo — cada maléolo | 3 % | 6 % | 9 % |
La fila marcada es la de este caso. La suma de todo lo que pase por pie y tobillo del mismo lado tiene un techo de 35 %, que es el valor de la amputación de Syme. Como el techo es por lado, dos calcáneos rotos no se topean entre sí.
Aplastamiento: la palabra que el baremo escribió para este hueso
La lista de secuelas que hacen saltar de la primera a la segunda columna es común a todas las fracturas del miembro inferior, salvo dos renglones que el baremo agregó entre paréntesis para un hueso puntual. Uno es la protrusión acetabular, que sólo vale para el cotilo. El otro es el aplastamiento, y sólo vale para el caso de fractura de calcáneo.
- Angulación. El hueso consolidó desviado.
- Deseje. El eje del miembro quedó fuera de lugar.
- Necrosis. Muerte del tejido óseo.
- Artrosis. Desgaste articular posterior a la fractura.
- Incongruencia articular. Sólo para fracturas que comprometan rodilla y tobillo.
- Signos radiológicos de aflojamiento de implante. La placa o los tornillos se movieron.
- Resección ósea. Osteotomía. Se sacó o se cortó hueso.
- Aplastamiento. Sólo para el calcáneo. Es el hundimiento del hueso, la pérdida de altura del talón que deja la caída de pie.
- Protrusión acetabular. Sólo para el cotilo.
Basta con una de las nueve para pasar de 6 % a 12 %. En una fractura de calcáneo por caída de altura suele haber dos o tres a la vez, pero no se acumulan: la columna es una sola y se salta una sola vez.
Por qué esta lesión aparece de a dos
La caída de altura con aterrizaje de pie transmite la carga por los dos talones al mismo tiempo, así que la fractura bilateral es frecuente. Para el baremo son dos secuelas de lateralidad distinta: el capítulo de miembro inferior manda sumar aritméticamente las secuelas de la misma lateralidad y topearlas contra la amputación del sector, pero ese tope de 35 % corre por cada lado. Dos calcáneos con aplastamiento son 12 % + 12 % = 24 %, y ese número ya se acerca al 50 %, que es donde el sistema cambia de escalón y aparece la compensación adicional de pago único. Vale la pena mirarlo con cuidado cuando además hay fracturas de columna de la misma caída.
Qué pedir que quede escrito. Que el informe diga si la fractura comprometió la articulación subastragalina y que la tomografía describa el aplastamiento con esa palabra, que es la que la tabla reconoce. Y si cayeron los dos pies, que cada talón tenga su propio estudio y su propio renglón: un informe que habla de “fractura de calcáneos” en plural, sin separar, termina liquidado como si fuera uno solo.
Lo que este número no incluye
- La goniometría del tobillo. El porcentaje de la Tabla 2a ya incluye la repercusión funcional y el acortamiento del miembro. Si el informe suma la fractura por un lado y la limitación de la flexión plantar por otro, está contando dos veces la misma secuela.
- Los factores de ponderación. Se calculan aparte y multiplican el valor de tabla: la dificultad para las tareas habituales (5 %, 10 % o 20 %) más el factor edad, que de 36 a 45 años es 3 %.
- La artrodesis, si más adelante hay que hacerla. La cirugía es una prestación en especie del art. 20 de la Ley 24.557. Lo que cambia el número es la secuela que quede después, no la operación en sí.
- Los meses de licencia. Una fractura de calcáneo operada deja muchos meses sin apoyar. Eso se paga como incapacidad temporaria y no se descuenta de esta indemnización.
- Las secuelas de columna de la misma caída. Caer de pie desde altura fractura vértebras seguido. Si las hay, se evalúan con el capítulo de columna y se ponderan por capacidad restante, no por suma directa con el miembro inferior.
- El juicio civil contra el empleador. Si el andamio no tenía baranda o faltaba el arnés, hay una acción aparte por lo que el sistema de riesgos no repara.
Tené en cuenta: el porcentaje de incapacidad lo determina una comisión médica. Este cálculo sirve para saber de qué orden de magnitud estamos hablando y para poder discutir una oferta con información. Dir.ar no es un estudio jurídico y no brinda asesoramiento legal: en Argentina está reservado a abogados matriculados.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por una fractura de calcáneo?
Con los datos de este caso —calcáneo izquierdo consolidado con aplastamiento y artrosis, 12 % de incapacidad, 39 años y un ingreso base de $1.500.000— son unos $19.080.000. La misma fractura sin secuelas da 6 % y unos $9.540.000.
¿Qué es el aplastamiento del calcáneo y por qué importa tanto?
Es el hundimiento del hueso que deja la caída de pie. Importa porque el baremo lo puso expresamente en la lista de secuelas que hacen pasar de la columna “sin secuelas” a la columna “con secuelas”, y sólo lo escribió para el calcáneo: de 6 % se va a 12 %.
¿Se suma la limitación del tobillo a la fractura?
No. El baremo dice que el porcentaje de la Tabla 2a ya incluye la repercusión funcional —limitación funcional y anquilosis— y el acortamiento del miembro.
Me rompí los dos talones en la misma caída, ¿se suman?
Sí, aritméticamente: 12 % + 12 % = 24 % en el caso de esta página. El tope de 35 % para pie y tobillo corre por cada lateralidad, así que no los topea entre sí.
¿Y si además me fracturé la columna en la misma caída?
Se evalúa con el capítulo de columna, y la combinación con el miembro inferior se hace por el método de capacidad restante, no sumando los porcentajes de cualquier manera. Conviene que quede todo en la misma denuncia, porque es la misma contingencia.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Dos años desde que la prestación es exigible. Con esta fractura la consolidación tarda, así que conviene consultar temprano y no esperar al alta.
¿Tuviste un accidente de trabajo?
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Otros casos calculados
Fuentes: texto actualizado de la Ley 24.557 publicado por InfoLeg (arts. 11, 12, 14, 15 y 18); art. 3 de la Ley 26.773; Resolución SRT 39/2026 (B.O. 2/9/2026), que fija los montos del período; y las páginas de prestaciones dinerarias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Los porcentajes de incapacidad salen de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales del Decreto 549/2025, vigente desde febrero de 2026. Montos vigentes para contingencias ocurridas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027. El piso y las compensaciones se actualizan por RIPTE cada seis meses. Última revisión: 2 de septiembre de 2026. Si encontrás un error, escribinos y lo corregimos.